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Derechos y privilegios

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Dedicado a Fernando Bolaños

Admito que no me queda bien aquella costumbre de ilusionarse, emerger de las cenagosas corrientes de la realidad para combinar circunstancias y probabilidades que van más allá de lo admisible. Soy, en ese sentido, un individuo diferente de quienes hacen cuentas alegres con las futuras ganancias o de los que se imaginan casados con la mujer que le sonrío en una intersección de calles. Sólo me aferro a lo concreto, a lo que se puede tocar y medir, a este terruño desgastado y vacilante en el que soy un hombre que lee y escribe, que enseña matemáticas, que se divierte o se aburre mortalmente. Una persona, por tanto, que reclama sus Derechos de Hombre Común: tener el privilegio de partirse el alma contra las adversidades, de desear la mujer propia y la del prójimo o de correr, de repente y porque sí, bajo cualquier aguacero, a la usanza gringa, cantando Héctor Lavoe a todo grito. Normas que me permiten hacer mi juego, reclamar ganancias, pedir revancha o perdonar por generosidad o negligencia…

Esa es la razón por la que escribo para ti, compañero, cómplice, hombre o mujer que encuentras todas las puertas cerradas, que te burlas de tus fracasos y te asustan las victorias, que no conoces consuelo, que deseas agitar las lagunas del olvido con tus pasos: porque nos hermanan estas leyes con las que perdemos o ganamos modestamente, sin posibilidad de abandonar los linderos de la normalidad, esta incapacidad para ilusionarnos con la aurora de un negocio o la luminosidad de una sonrisa, este universo que nos lleva a cada lado de este abismo de segundos y metros sobre el que se tiende el puente de palabras (de las tuyas y las mías) por el que transitamos sin temores gracias a que en sólo hay espacio para la alegría en este canal de diálogos y entelequias…

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Estatuto erótico-fiduciario

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Los desafortunados incidentes que sobrevienen al epílogo de los noviazgos me han enseñado que se debe, antes de iniciar una relación, dejar por escrito los compromisos y deberes que regularán la conducta de los miembros de la pareja. Este documento aseguraría, por tanto, que si una mañana lo llama su pareja enfurecida porque usted, apreciado lector, no la acompañó a la reunión mensual de amigas, le responda, con el contrato en mano, que no se estipuló que debía acompañarla a celebraciones. Regularía, de igual manera, que usted, dulce lectora, le diga a su novio: acá se establece que debes acompañarme a comprar zapatos, además de estar absolutamente prohibido que se queje o que ponga cara de palo, sin importar el número de almacenes que se visiten.

Una vez se han realizado las aclaraciones pertinentes, dejo, para ilustración de lo anterior, el penúltimo contrato celebrado por mí. En él se regula, como podrán ver, la vinculación erótico-monetaria del firmante con una vieja amiga quien, en su condición de prestancia financiera, puede solventar el déficit que han dejado años de desenfreno.

Antecedentes

En vista a que Pepita Pérez goza de abultados salarios y gracias a que el Señor Diego Niño carece de medios económicos para sobrevivir, se establece una asociación en la que las dos partes transfieren una fracción de sus bienes para conformar dicha coalición. Para tal efecto el Señor Diego Niño dará de sí todo lo que la carne puede dar –que en verdad no es poco- y la Señora Pérez dará, en justa contraprestación, un porcentaje de sus ingresos para que dicho señor pueda vivir dignamente.

Parágrafo: Los límites de cada parte serán los que la capacidad física y el monto de los salarios determinen.

Soportes

Al presente documento se anexan doce testimonios -debidamente autenticados en notarías- de las capacidades amatorias del suscrito. Se adjuntan, asimismo, sendos historiales médicos que certifican la idoneidad física del Señor Niño y un video pornográfico titulado “Chita en el País de las Verijas”, donde el firmante hace las veces de León y del Hombre de Hojalata (el anexo A.3 corresponde al testimonio de Chita).

Garantías

El señor Niño se compromete, en el evento que la carne no dé de sí tanto como la contraparte espera, devolver el porcentaje correspondiente a la falta. Así, por ejemplo, si la señora Pérez se siente insatisfecha en uno de cada cincuenta encuentros, el suscrito le entregará al término del mes el 2% de los honorarios pactados.

Si la Señora Pérez, por otra parte, no paga lo que el señor Niño considera que cuestan sus servicios, este último puede desistir de prestarlo hasta que la contraparte jure sobre la biblia que es adicta al cuerpo del señor Niño. Vale decir que en el momento que se ejecute el juramento, el presente contrato tendrá calidad de vitalicio.

Finalización del Contrato

El contrato cesará en el momento en el que las dos partes concurran ante un juez de paz y manifiesten el deseo de cesar las responsabilidades que el contrato grava.

Adendas

Si alguno de los concurrentes desea adicionar al contrato términos ajenos a él (caricias, carantoñas, llamadas todos los días, exclusividad del cuerpo, etc.) debe enviar un oficio a la contraparte, o al representante legal de esta, para notificar el deseo de adicionar al contrato la parte correspondiente. Este, a su vez, estudiará la petición y el correspondiente gravamen que este acto ocasione, para enviar, en el término de tres días hábiles, la respuesta al solicitante.

Firmantes:

Pepita Pérez                                                                                           Diego Niño

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Acuerdo 001

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Marjorie Carbonó y Diego Niño,
en pleno ejercicio de las facultades que les confieren el título de novios y

Considerando:

1. Que los obstáculos, por acerbos que sean, restringen los embates si el camino lo ilumina las antorchas del amor
2. Que la pasión engendrada en las rutas del azar es vehemente y, por tanto, no detiene su paso ante los arenales del racionalismo
3. Que las promesas de los enamorados son tanto o más sagradas que las nubes que abrazan el cielo o la brisa que acaricia los pétalo de las rosas

Acuerdan:

Capítulo Primero

Deberes

Artículo Primero. Deberás amar a tu pareja como el verso ama la palabra. No existirá otro horizonte que el de su mirada ni otra ruta que su piel. Todos los pensamientos, por regla general, convergerán a sus pies y todas las estrellas susurrarán su nombre.

Parágrafo. Queda expresa y taxativamente prohibido que el amor baje los brazos y que la tristeza ocupe el lugar de sus manos.

Artículo segundo. No desearás a la mujer del prójimo ni a tu prójimo so pena de marchitar la confianza en la que abreva el amor. Nunca, bajo ninguna circunstancia, entregarás las caricias que la hacen vibrar como una cuerda de guitarra ni los besos que le derriten su voluntad. Queda prohibido, asimismo, que mires por la ventana con los brazos extendidos y con la pierna cruzada frente a otro hombre. Tus dedos sólo pueden surcar su piel morena y tus besos sólo pueden ablandar su lanoso pecho.

Artículo Tercero. Tus ojos sólo contemplarán la pradera de su mirada y tus sueños deberán estar habitados por su presencia. Deberás recibir las auroras con su nombre jugueteando en tus labios así como te está prohibido despedir el día sin que su recuerdo haya estimulado tu corazón.

Artículo Cuarto. No permitirás que el tiempo marchite el amor ni que la monotonía deponga la sonrisa que visita tu rostro cuando escuchas su voz. No admitirás que otras voces se aniden en tu corazón ni que otros versos destituyan sus poemas.

Parágrafo. Deben entenderse por poemas todos los escritos, sin importar que estén redactados en verso o en prosa, que aludan al amor o que conciten el pasado común.

Capítulo Segundo

Derechos

Artículo Quinto. Puedes abandonar los versos, despedir el silencio, sepultar los boleros y remover las huellas de tu pasado. Te está permitido, asimismo, destituir las gardenias que evocan fantasmas, tronchar los poemas de Carranza y expulsar la melancolía.

Parágrafo. Se entiende por huellas del pasado toda ranura del alma que esté infestada por el sarro de la evocación.

Artículo Sexto. Puedes dedicarle todas las canciones que escuchas, todos los poemas que encuentres a tu paso y escribirle a diario sin menoscabo de pasión. Se te permite, además, concebir canciones, poemas y narraciones de tu propia cosecha.

Parágrafo. Están restringidos, en caso que hagas uso de las prerrogativas del artículo anterior, los poemas de Carranza.

Artículo Séptimo. Se te permite amarla (o) hasta el cansancio, gritar su nombre hasta quedar ronco (a), extrañarla hasta el agotamiento y recorrer miles de kilómetros para verla (o). Puedes, incluso, hablar de ella (él) con todos tus amigos (as) y en todas las reuniones sin perjuicio de agotar el tema ni de mancillar el amor.

Artículo Octavo. Estás facultado para encender su cuerpo con susurros al oído, con el roce de las yemas de los dedos en sus hombros, con miradas lascivas, con faldas cortas y con versos ladinos. Estás autorizado (a), de esta forma, a estimular cada milímetro de su piel con la tibieza de tus manos y crispar su cuerpo con el concurso de labios y dedos.

Parágrafo. Las anteriores técnicas pueden usarse, sin menoscabo sicalíptico, con el concurso de medios electrónicos o digitales.

Artículo Noveno. El presente acuerdo deroga todos los compromisos y relaciones que le sean contrarias o incompatibles.

Comuníquese, publíquese y Cúmplase

Dado en Bogotá D. C., a los tres (3) días del mes de agosto del año dos mil nueve (2009)

(Original Firmado)
Marjorie Carbonó

(Original Firmado)
Diego Niño

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